Seguramente te has dado cuenta de que existen diversas ideas y conceptos vinculados al quehacer sindical; de entre ellos, hoy destacamos el de trabajador
Es común entender al trabajo como cualquier actividad que conlleva esfuerzo o consumo de energía del cuerpo humano y al trabajador como aquel que efectúa el trabajo o persona que realiza un trabajo retribuido, sin embargo hay una gran diferencia entre este y aquel al que se hace referencia en asuntos laborales por parte del sindicato y de los patrones.
La diferencia se encuentra en que es un concepto jurídico, emanado de las leyes o fuentes del derecho. Recuerda que el contrato colectivo de trabajo es una fuente importante de derecho que, creamos y recreamos en las revisiones contractuales realizadas por trabajadores, representantes sindicales y patrones.
Trabajador según el artículo 8 de la Ley Federal del Trabajo es la persona física que presta a otra un trabajo personal subordinado. Este concepto tiene tres elementos principales: a) la persona física, b) la prestación personal del servicio y, c) la subordinación.
La definición establece la obligación de hacer actividades por una persona física (individuo con reconocimiento jurídico) bajo el consentimiento de otra llamada patrón donde hay un claro elemento de jerarquía.
El ilustre abogado, Mario de la Cueva, explica que “la subordinación no pretende designar un estatus del hombre que se somete al patrón, sino una de las formas de prestar los servicios; aquella que se realiza con sujeción a las normas e instrucciones vigentes en la empresa. Hablamos en todo caso, de la subordinación técnico -funcional relacionada con la prestación de servicios, sin que se constriña en forma alguna la dignidad o libertad de los trabajadores”. (P. 3695)
Aunque el concepto de trabajador tiene también un sentido social amplio y, diversas maneras de definirlo; cuando se trata de cuestiones o conflictos laborales es a la definición jurídica anotada líneas arriba a la que se hace referencia.
Fuente: Diccionario Jurídico Mexicano
Autores varios del Instituto de Investigaciones Jurídicas de La UNAM.